Entidad de crédito que efectúa operaciones bancarias con particulares, empresas o corporaciones públicas, consistentes en captar fondos para redistribuirlos en forma de créditos u operaciones de colocación, como actividad secundaria. Los depósitos del público cuentan con una garantía del Estado. Un banco de depósitos se distingue de uno de negocios en que este último realiza esencialmente operaciones de mercado.