Un año después de los ‘Pandora Papers’, recordamos la comparecencia ante la Asamblea Nacional del Ecuador

Éric Toussaint (CADTM): “El presidente no se conformó a la ley. Guillermo Lasso ha tenido directa o indirectamente empresas en paraísos fiscales”

23 de octubre de 2022 por Eric Toussaint , Fátima Martín


“El presidente no se conformó a la ley. Guillermo Lasso ha tenido directa o indirectamente empresas en paraísos fiscales”, afirmó Éric Toussaint, portavoz del CADTM internacional, ante la Comisión de Garantías Constitucionales, Derechos Humanos, Derechos Colectivos y la Interculturalidad de la Asamblea Nacional de la República del Ecuador, con motivo de la aparición del presidente, Guillermo Lasso, en los Pandora Papers, una investigación global impulsada por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ) que sacó a la luz negocios en paraísos fiscales de personajes ricos y poderosos, entre los que figuran políticos, empresarios, deportistas o artistas [1].



Un año después de aquella revelación, Guillermo Lasso, aún en el poder, no solo no ha rendido cuentas ante la Justicia, sino que su gestión provocó en junio de 2022 un Paro Nacional liderado por el movimiento indígena que duró 18 días y supuso un freno al neoliberalismo, a pesar de una dura represión que se saldó con seis muertos y cientos de heridos [2]. Con un bajísimo índice de popularidad, un 17%, el presidente peor calificado de América Latina según Gallup [3], el mismo Lasso que no respetó la ley impulsa ahora una consulta popular que pretende modificar la Constitución.

Con un bajísimo índice de popularidad, un 17%, el presidente peor calificado de América Latina según Gallup, el mismo Lasso que no respetó la ley impulsa ahora una consulta popular que pretende modificar la Constitución.

En el siguiente vídeo, Éric Toussaint, que compareció ante la Asamblea Nacional el 23 de octubre de 2021 de manera telemática, recuerda la Ley para la Aplicación de la Consulta Popular sobre Paraísos Fiscales, de febrero de 2017, vigente en Ecuador, y explica por qué las implicaciones legales de los Pandora Papers para el presidente ecuatoriano sí son evidentes. A continuación se ofrece una transcripción de su comparecencia.

Toussaint comenzó haciendo referencia a una opinión publicada esos días en el semanario Newsweek, en la que el parlamentario por Arizona Raúl M. Grijalva pedía a las autoridades estadounidenses apoyar la iniciativa de la Asamblea Nacional del Ecuador y luchar contra los paraísos fiscales en EEUU [4]: “En el caso de los Pandora Papers y en el caso concreto del presidente Guillermo Lasso, se trata principalmente del estado de Dakota del Sur, pero también de Delaware y de Wyoming. Son efectivamente estados que forman parte de Estados Unidos y que se especializaron en atraer empresas y personas con dinero. Él ha creado empresas para declarar allí gravando de manera totalmente mínima las ganancias y garantizando la opacidad máxima respecto a esas inversiones. Entonces, si menciono ese artículo de Newsweek y de un parlamentario norteamericano, es para decir que después de la decisión de la Asamblea Nacional del Ecuador de constituir esa Comisión, hubo reacciones muy positivas a nivel mundial. En Europa, grandes medios de comunicación como el diario de Francia Le Monde, por ejemplo, subrayó el carácter importante de esa iniciativa”.

“¿Para qué sirven los paraísos fiscales? -prosiguió Toussaint- Sirven para organizar la evasión fiscal y la fuga de capital. Son miles de millones de dólares que cada año escapan al fisco de los diferentes países. Y que entonces tienen como consecuencia que los estados víctimas de esa evasión fiscal a gran escala no tienen suficientes ingresos fiscales y tienen que endeudarse para financiar el presupuesto y el gasto corriente. Entonces, el tema de los paraísos fiscales es un tema central para todas las naciones del planeta, para todos los pueblos del mundo, porque la pérdida de ingresos puede tener consecuencias estructurales tremendas, en particular en una situación como la actual, de una crisis multidimensional con una pandemia, una crisis económica, una crisis ecológica, etc. que necesitan movilizar por parte de los poderes públicos mucho dinero, y no lo tienen y no saben cómo enfrentar de manera adecuada estas crisis tremendas que sufren millones, miles de millones de seres humanos, cuando una pequeña minoría se está enriqueciendo de manera extraordinaria e ilegítima”.

Captura de pantalla relativa a Banisi presentada por la asambleísta Pamela Aguirre

A continuación, el también doctor en Ciencias Políticas se refirió a la Ley para la Aplicación de la Consulta Popular 2017 Paraísos Fiscales [5]. En su opinión, “La Ley de febrero de dos mil diecisiete sobre los paraísos fiscales es aplicable al presidente de la República, porque la ley dice que las personas que ocupan cargos públicos o que pretenden ocuparlos no podrán ser propietarios directos o indirectos, y subrayo indirectos, de bienes o capitales en paraísos fiscales. También la ley dice claramente en la Disposición Transitoria, o sea, en el mismo texto de la ley, que no será válida la transferencia en favor de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad. Entonces, analizando la situación de las empresas del señor presidente, antes de las elecciones de dos mil diecisiete, pero también después, creo que el presidente no se conformó a la ley. Guillermo Lasso ha tenido o tiene, directa o indirectamente, empresas en paraísos fiscales: Panamá, Dakota del Sur, Delaware, quizás en otros paraísos fiscales. ¿Qué empresa directa o indirectamente? El Banco Banisi de Panamá, Banderilla y la empresa Pietro Overseas. Si ustedes leen los Pandora Papers encontrarán una lista de empresas hasta dos mil diecisiete del señor Guillermo Lasso y aparece Pietro Overseas. Veo que en septiembre de 2020, Pietro Overseas, empresa que sigue entonces existente, obtuvo el acuerdo de la Superintendencia de Bancos de la República de Panamá para la transferencia de acciones entre diferentes sociedades de Pietro Overseas, Banisi y Banderilla”.

Captura de pantalla relativa a Banisi presentada por la asambleísta Pamela Aguirre

Durante su comparecencia, Toussaint compartió una Resolución de la Superintendencia de Bancos de Panamá a propósito de transferencias de acciones entre las sociedades mencionadas. “Entonces queda exactamente por determinar quiénes entre Guillermo Lasso como tal y miembros de su familia son accionistas todavía de estas empresas, sabiendo que es público que el sesenta por ciento de los depósitos en el Banco Banisi es de ciudadanos del Ecuador. No son obreros, no son campesinos, no son indígenas depositando algunos centenares o miles de dólares. Son gente rica que deposita dinero en ese banco en lugar de depositarlo directamente en sociedades financieras, en bancos del Ecuador. Entonces, pienso que es un caso que hay que investigar en profundidad y creo que esto está en contradicción con la ley de 2017, en contradicción con las afirmaciones que dio el presidente Guillermo Lasso a la prensa recientemente, incluso para rehusar comparecer ante la Comisión que ustedes constituyen”, añadió.

Además, Éric Toussaint consideró que “también hay que relacionar esto con la Propuesta de Ley de amnistía fiscal [6] que avanzó el presidente Guillermo Lasso en septiembre de 2021. Propuesta que tengo entendido fue rechazada por la Asamblea Nacional [7]. Consistía en permitir a los ricos ecuatorianos que han colocado una parte de su dinero fuera del país y en paraísos fiscales repatriarlo y legalizar ese dinero pagando solamente un 5% de impuesto. Conozco varias leyes de amnistía en varios países, pero un 5% para lograr la amnistía es increíble, muestra la orientación del presidente que introdujo esa ley, es claro. Además, los ciudadanos y ciudadanas del Ecuador tienen que saber que esto no tiene nada que ver con la gran mayoría, es decir, el 95% ó 99% de la población del Ecuador que no está en una situación de haber evadido capital al exterior y busca cómo blanquearlo, lavarlo pagando una mínima cuota del 5%. En el caso de Guillermo Lasso y de otros ciudadanos ecuatorianos, parece una ley de autoamnistía. Está relacionado con con el tema de los Pandora Papers. Para mí es una prueba indirecta del interés del señor presidente y de una pequeña minoría en el país que lo apoya para legalizar algo que es ilegal. Eso creo que todo el mundo puede entenderlo y es muy grave”.

En resumen, de manera general, según este experto en deuda Deuda Deuda multilateral La que es debida al Banco Mundial, al FMI, a los bancos de desarrollo regionales como el Banco Africano de Desarrollo y a otras organizaciones multilaterales como el Fondo Europeo de Desarrollo.
Deuda privada Préstamos contraídos por prestatarios privados sea cual sea el prestador.
Deuda pública Conjunto de préstamos contraídos por prestatarios públicos. Reescalonamiento. Modificación de los términos de una deuda, por ejemplo modificando los vencimientos o en relación al pago de lo principal y/o de los intereses.
, “respecto a la investigación de los Pandora Papers, las implicaciones legales en muchos países no son evidentes, salvo, de manera muy clara, en Ecuador. No son evidentes porque no hay en otros países una ley como la de dos mil diecisiete. En los demás países, sobre quienes se aprovechan de los paraísos fiscales pueden decir que quizás no les gusta, que quizás les parece injusto, pero no es ilegal, cuando en el caso de mandatarios públicos o funcionarios públicos en el Ecuador, de manera ejemplar, sí es ilegal. Así que, si ustedes logran hacer aplicar la ley, sería un ejemplo muy importante, muy positivo a nivel mundial. Y la opinión pública internacional se acordaría del Ecuador como un ejemplo muy positivo”.

Para terminar, el portavoz del CADTM internacional informó: “Ustedes quizás saben que uno de mis temas de trabajo, aparte de la evasión fiscal y los paraísos fiscales, es el tema de la deuda. Y ya indiqué que hay una relación entre pérdidas de ingresos fiscales y endeudamiento público para financiar el presupuesto. Los mismos que evaden sus capitales, colocados por ejemplo en Estados Unidos, o en en otros países, a partir de esa plataforma donde tienen el dinero, compran títulos de la deuda externa de su país y reciben en pago el interés que paga el Estado a los tenedores de bonos. Y por eso, los mismos que evaden sus capitales y que compran bonos de la deuda externa o interna de su país, siempre están a favor de no auditar esa deuda, de no cuestionar esa deuda y de siempre pagarla. Y cuando el Estado tiene un problema para pagarla, son los primeros en pedir prestado dinero al Fondo Monetario Internacional FMI
Fondo monetario internacional
El FMI nace, el mismo día que la Banca mundial, con la firma de los acuerdos de Bretton Woods. En su origen el rol del FMI era defender el nuevo sistema de cambios fijos instaurado.

A la finalisación de estos acuerdos (1971), el FMI es mantenido y se transforma paulatinamente en el gendarme y el bombero del capitalismo mundialisado : gendarme cuando impone los programas de ajuste estructural ; bombero cuando interviene financiaramente para sostener los países tocados por una crisis financiera.

Su modo de decisión es el mismo que el del Banco mundial y se basa sobre una repartición del derecho de voto en proporción a los aportes de cotisación de los países miembros. Estatutariamente es necesario el 85% de los votos para modificar la Carta del FMI (los EE.UU. poseen una minoria de bloqueo dado a que posees el 16,75 % de voces). Cinco países dominan : Los EE.UU. (16,75 %), el Japon ( 6,23 %), la Alemania (5,81%), Francia (4,29 %), y Gran Bretaña (4,29%). Los otros 177 Estados miembros estan divididos en grupos dirigidos, cada vez, por un país. El grupo más importante (6,57%) esta dirigido por Belgica. El grupo menos importante (1,55% de voces) precidido por el Gabon (países africanos).

Su capital está compuesto del aporte en divisas fuertes (y en monedas locales) de los países miembros. En función de este aporte, cada miembro se ve favorecido con Derechos Especiales de Giro (DEG) que son de hecho activos monetarios intercambiables libre e inmediatamente contra divisas de un tercer país. El uso de estos DEG corresponde a una política llamada de estabilización a corto plazo de la economía, destinada a reducir el déficit presupuestario de los países y a limitar el crecimiento de la masa monetaria. Esta estabilización constituye frecuentemente la primera fase de intervención del FMI en los países endeudados. Pero el FMI considera que en adelante es tarea suya (tras el primer choque petrolero de 1974-1975) actuar sobre la base productiva de las economías del Tercer Mundo reestructurando sus sectores internos; se trata de una política de ajuste a más largo plazo de la economía. Lo mismo sucede con los países llamados en transición hacia una economía de mercado. (Norel y Saint-Alary, 1992, p. 83).

Sitio web :
(FMI) y aceptar sus condiciones, que implican más reformas neoliberales, más privatización y medidas como aumentar el extractivismo, la explotación de los recursos naturales para exportar materias primas, para tener divisas, para reembolsar la deuda externa. Eso, entonces, es un círculo vicioso. Y está relacionado con la evasión fiscal, los paraísos fiscales, la deuda externa, la deuda ilegítima, la deuda ilegal y la deuda odiosa Deuda odiosa Según la doctrina jurídica de la deuda odiosa, teorizada por Alexander Sack en 1927, una deuda es «odiosa» cuando reúne dos condiciones esenciales:

1.- La ausencia de beneficio para la población: la deuda no fue contraída a favor del interés del pueblo y del Estado, sino en contra de esos intereses, y/o a favor del interés personal de los dirigentes y de las personas próximas al poder.

2.- La complicidad de los prestamistas: Los acreedores sabían (o tenían la capacidad de saber) que los fondos prestados no beneficiarían a la población.

Para Sack, la naturaleza despótica o democrática de un régimen no debía tenerse en cuenta. Una deuda contraída por un régimen autoritario debe, según Sack, ser reembolsada si ésta sirve a los intereses de la población. Un cambio de régimen no autoriza el cuestionamiento de la obligación que tiene el nuevo régimen de pagar las deudas del gobierno precedente, salvo si éstas fueran odiosas.

[Extractos] del Tratado jurídico y financiero por Alexander Nahum Sack, ex profesor agregado a la Facultad de Derecho de la Universidad de Petrogrado.

A partir de esta definición «conservadora» de deuda odiosa, otros juristas y movimientos sociales, como el CADTM, ampliaron esta definición teniendo en cuenta, especialmente, la naturaleza del régimen que contrae la deuda y la consulta que se hace, o no se hace, a los parlamentos nacionales para la aprobación o la concesión del préstamo.

De manera especial, citemos la definición de deuda odiosa utilizada por la Comisión para la verdad sobre la deuda griega, que se apoya, a la vez, en la doctrina de Sack, y también en los Tratados internacionales y los principios generales del derecho internacional.

Así que una deuda odiosa responde a:

1.- Una deuda contraída en violación a los principios democráticos, que comprende el asentimiento, la participación, la transparencia y la responsabilidad, y ha sido empleada contra los más altos intereses de la población del Estado deudor, mientras el acreedor sabía, o tenía capacidad de saber, lo precedente.

O a lo siguiente:

2.- Una deuda que tiene por consecuencia negar los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de la población, mientras el acreedor sabía, o tenía capacidad para saber, lo precedente.
”.

Finalizada la comparecencia, el asambleísta Eitel Zambrano (CREO) preguntó: “¿Usted conoce desde cuándo no se realiza una auditoría de la deuda externa e interna acá en el Ecuador? ¿Cuándo fue la última?” A lo que Toussaint contestó: “Bajo Lenín Moreno. Fue una mascarada. La última auditoría con expertos independientes y, por supuesto, la Contraloría, pero, es muy importante, con participación de la ciudadanía, fue la Comisión para la Auditoría del Crédito Público (CAIC) del Ecuador, de la que formé parte, en 2007-2008 [8]”.

Para saber más sobre los negocios de Guillermo Lasso, véase el artículo de Andrés Arauz:

https://financialtransparency.org/ecuador-y-los-papeles-de-pandora-amenazas-e-impunidad/

y el libro Los Paraísos de Pandora; capitalismo, corrupción, violencias:

https://www.cadtm.org/Libros-Los-Paraisos-de-Pandora-capitalismo-corrupcion-violencias

Para saber más sobre la evolución política en Ecuador entre 2006 y 2021, ver Ecuador: De Rafael Correa a Guillermo Lasso vía Lenin Moreno, Abril 2021:

https://www.cadtm.org/Ecuador-De-Rafael-Correa-a-Guillermo-Lasso-via-Lenin-Moreno

Sobre cómo se hizo la auditoría de la deuda en 2007-2008, ver el vídeo La auditoría de la deuda en Ecuador, resumida en 7 minutos:

https://www.cadtm.org/Video-La-auditoria-de-la-deuda-en



Notas

[1Pandora Papers. International Consortium of Investigative Journalists. Ver online: https://www.icij.org/investigations/pandora-papers/

[2Con difamaciones de Lasso arrancaron las 10 mesas de diáologo. (18/07/2022) conaie.org Ver online: https://conaie.org/2022/07/18/asi-se-realiza-el-dialogo-entre-el-movimiento-indigena-y-el-gobierno-nacional/

[3CID GALLUP: Lasso es el Presidente peor calificado de América Latina. (14/10/2022) Confirmado.net. Ver online: https://confirmado.net/2022/10/14/cid-gallup-lasso-es-el-presidente-peor-calificado-de-america-latina/

[4Grijalva, Raúl M. (21/10/21) It’s Time to End an Ugly U.S. Legacy. Stop Tax Evasion at Home and Abroad I Opinion. Newsweek. https://www.newsweek.com/its-time-end-ugly-us-legacy-stop-tax-evasion-home-abroad-opinion-1641450

[5Ley para la Aplicación de la Consulta Popular 2017 Paraísos Fiscales. (04/09/2017) docplayer.es https://docplayer.es/201699752-Ley-para-la-aplicacion-de-la-consulta-popular-2017-paraisos-fiscales.html

[6La Ley llamada de Sostenibilidad Fiscal (en este artículo se le identifica como de amnistía fiscal), que contiene disposiciones nefastas para gran parte de la sociedad ecuatoriana, entre las cuales, la evasión de lo ordenado por la Consulta de febrero de 2017 respecto de las prohibiciones a los tenedores de fondos monetarios en paraísos fiscales, entró en vigencia por Ministerio de la Ley, en octubre de 2021, luego de artificios
empleados en la Presidencia de la Asamblea Nacional.

[7El 26 de noviembre, el Gobierno emitió un comunicado oficial, en donde informó que la reforma económica del Gobierno entraría en vigencia mediante el Ministerio de Ley. El lunes 29 de noviembre del 2021 la Ley se publicó en el Registro Oficial y empezó a regir desde el 1 de enero del 2022." Ver en https://wambra.ec/reforma-tributaria-para-el-01-por-ciento/

[8CAIC, Informe final de la Auditoria integral de la deuda Ecuatoriana, Septiembre 2008, https://www.cadtm.org/Informe-final-de-la-Auditoria

Eric Toussaint

doctor en Ciencias políticas de la Universidad de Lieja y de la Universidad de París VIII, es el portavoz del CADTM internacional y es miembro del Consejo Científico de ATTAC Francia.
Es autor de diversos libros, entre ellos: Banco Mundial. Una historia crítica, El Viejo Topo, 2022 Capitulación entre adultos. Grecia 2015: Una alternativa era posible, El Viejo Topo, Barcelona, 2020; Sistema Deuda. Historia de las deudas soberanas y su repudio, Icaria Editorial, Barcelona 2018; Bancocracia Icaria Editorial, Barcelona 2015; Una mirada al retrovisor: el neoliberalismo desde sus orígenes hasta la actualidad, Icaria, 2010; La Deuda o la Vida (escrito junto con Damien Millet) Icaria, Barcelona, 2011; La crisis global, El Viejo Topo, Barcelona, 2010; La bolsa o la vida: las finanzas contra los pueblos, Gakoa, 2002. Ha sido miembro de la Comisión de Auditoria Integral del Crédito (CAIC) del Ecuador en 2007-2011.
Coordinó los trabajos de la Comisión de la Verdad Sobre la Deuda, creada por la presidente del Parlamento griego. Esta comisión funcionó, con el auspicio del Parlamento, entre abril y octubre de 2015. El nuevo presidente del Parlamento griego anunció su disolución el 12 de noviembre de 2015.

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Fátima Martín

es periodista, miembro del CADTM del Estado español. Es coautora, junto con Jérôme Duval, del libro Construcción europea al servicio de los mercados financieros, Icaria editorial 2016. Actualmente está desarrollando el periódico ’online’ FemeninoRural.com.

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