ESTADO ESPAÑOL

«Escudo social» del Gobierno y regularización de inmigrantes

16 de febrero por Mikel de la Fuente


Imagen: Rotación. (Litoral gráfico. Modos de ver). Por Jorge Alaminos.

El pasado 27 de enero el voto contrario del PP, VOX, Junts y UPN ha impedido la ratificación en el Congreso del Real Decreto-ley 16/2025, que prorrogaba para el 2026 algunas medidas con las que hacer frente a situaciones de vulnerabilidad (el llamado escudo social).



Entre otras medidas, este decreto incluía la prórroga de la suspensión de los desahucios de familias vulnerables, los descuentos en la factura eléctrica según el grado de vulnerabilidad, la prohibición del corte de suministro, así como ayudas fiscales para las personas afectadas por la Dana y por los incendios forestales del pasado verano. Con muchísima diferencia, la medida que afectaba al mayor número de personas era la revalorización de las pensiones para 2026 que concierne a casi diez millones de pensionistas, unos 9 455 000 con pensiones contributivas, 700 000 de “Clases Pasivas” (funcionarios y funcionarias) y de 471 000 de pensiones no contributivas.

Para justificar su voto negativo, el PP y Junts utilizaron dos tipos de razones. Una de procedimiento, consistente en que la propuesta incluía materias muy diversas, que debieran ser objeto de normas y votaciones diferenciadas, por las razones que explica Emilio Olabarría aquí; este argumento es compartible, pero su alegación por quienes lo han hecho en el pasado de igual forma es una muestra, muy habitual, de de cinismo. La otra, de fondo, que es la que verdaderamente ha motivado su decisión, es su oposición a la prórroga de la protección a las personas vulnerables en materia de vivienda, en dos modalidades, que no solo en el discurso del PP y VOX, sino también de Junts y –en menor medida- del PNV-, no se han diferenciado:

1. Contra la moratoria hasta el 31 de diciembre de 2026 de los desahucios de las personas y familias vulnerables que no puedan hacer frente a los pagos de los alquileres, medida que en los últimos cuatro años ha evitado el desahucio de unos sesenta mil alquileres y

2. Contra la moratoria hasta la misma fecha de los desahucios de ocupantes de viviendas por encontrarse en situación de precariedad económica en supuestos muy limitados: que entre quienes ocupan haya personas en situación legal de dependencia, menores de edad, víctimas de violencia sobre la mujer y que el arrendador sea una persona jurídica, por ejemplo un fondo buitre, o una persona física propietaria de más de 10 viviendas.

No es sino con una gran dosis de insensibilidad social que, para justificar su oposición al RDLey Mirian Nogueras, de Junts, pueda afirmar, “que no puedas hacer nada si te ocupan el piso y no te pagan el alquiler”, obviando que la primera medida no trata de “ocupas” sino de la prórroga de los contratos de alquiler de personas en situación de vulnerabilidad social y que da lugar a compensación por la administración pública al arrendador por los alquileres no cobrados. Aunque es cierto que esa compensación funciona de forma burocratizada y lenta no se propone su agilización sino que se opta por el desahucio de personas en situaciones de extrema necesidad.

Para revalidar el nuevo RDLey, el gobierno español ha pactado con el PNV una modificación sobre los desahucios en los arrendamientos de vivienda, consistente en que si los arrendadores son propietarios de dos o una vivienda no se aplicará la suspensión de los desahucios. Ello significa que ha optado por dejar a los arrendatarios en la calle y sin que, en la gran mayoría de los casos, se les vaya a proporcionar una alternativa de vivienda social. Para ello haría falta una dotación suficiente de vivienda pública destinada al alquiler, lo que no se ha asumido ni por el gobierno del Estado ni por los de las Comunidades Autónomas. En realidad, la opción del PNV –que a Junts le ha parecido insuficiente– está inspirada no tanto por el cobro de los alquileres impagados, sino por el aumento de su cuantía en los nuevos contratos. A pesar de esa concesión al PNV, la continuidad en la negativa de Junts a aprobar el nuevo RD Ley, hace muy dudosa, cuando se escribe este artículo, la ratificación del nuevo RDLey.

Si se mantiene la actual redacción del RDLey, y qué decir si se incluyen otras reivindicaciones de Junts, contribuirá a incrementar la proporción actual (cuatro de cada diez) de inquilinos que se encuentran en riesgo de pobreza y exclusión social (Laura Prieto). Más aún si el PSOE no prorroga a su vencimiento los estimados 600 000 contratos de alquiler en vigor suscritos tras el 19/3/2019 por 5 (las personas físicas) o 7 (las sociedades) años.

La segunda medida, relativa a las ocupaciones, solo afecta a grandes propietarios que se dedican a especular con la vivienda ante la inoperancia y permisividad de la administración del Estado y de las Comunidades Autónomas (unas más que otras). En resumen, entre el derecho a la propiedad del art. 33 de la Constitución española y el derecho a una vivienda digna proclamado en el art. 47 de la misma Constitución, que mandata a los poderes públicos a promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo ese derecho, la opción de la derecha españolista y del PNV y Junts -aceptada también de forma vergonzante por el PSOE- es rotunda a favor de la primera.

Revalorización de las pensiones para el 2026 y las exigencias del movimiento pensionista
El Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, aprobado tras la no convalidación del anterior, mantiene todas las medidas sobre revalorización de las pensiones. Se puede dar por segura su convalidación ya que han anunciado el voto positivo todos los partidos, con la excepción de VOX. El movimiento pensionista viene exigiendo que la revalorización de las pensiones sea automática, pero el gobierno español sigue la posición del Consejo de Estado según la cual, si no hay Presupuestos Generales del Estado en vigor, se requiere su aprobación mediante RDLey y su correspondiente convalidación por el Congreso. El movimiento pensionista ha señalado que la disputa electoralista entre el PP y el PSOE está provocando cada año una inseguridad en el percibo de la revalorización que es dramático para las pensiones más bajas.

El RDLey 2/2023 es la actual ley que regula las reglas de revalorización de las pensiones que se basan en la inflación Inflación Subida acumulativa del conjunto de los precios (por ejemplo, una subida del precio del petróleo, que conlleva luego un reajuste de los salarios al alza, luego la subida de otros precios, etc.). media interanual, en el 2026 desde diciembre de 2024 a noviembre de 2025, lo que conforme al INE da lugar al 2,7% de aumento sobre las cuantías del 2025. Para las pensiones mínimas el mismo RDLey fija que para 2027 las pensiones mínimas deben alcanzar una cuantía que se referencia en relación con el umbral de pobreza, equivalente al 60% de la renta mediana del Estado español y que se calcula cada año por el INE en base a los ingresos del año anterior.

Ese umbral de pobreza se diferencia según las pensiones sean de personas individuales, con “cónyuge a cargo”, es decir, que tengan ingresos muy bajos (11.013 euros/año en el 2026) o con “cónyuge no a cargo”, es decir con ingresos más elevados. Así, para las pensiones mínimas de jubilación y de incapacidad permanente total y absoluta de las personas con “cónyuge a cargo”, deben alcanzar el umbral de pobreza de los hogares de dos miembros, que se calcula multiplicando por 1,5 el umbral individual. Las pensiones no contributivas, una vez revalorizadas al porcentaje general, se incrementarán adicionalmente cada año, tomando como referencia el 75% del umbral de la pobreza de un hogar unipersonal,

También las pensiones mínimas se diferencian según la edad de las personas perceptoras. Por señalar algunos ejemplos, tras el aumento acordado para el 2026, del 7,07% para la generalidad de las pensiones mínimas y del 11,4% para las pensiones con cónyuge a cargo y las pensiones no contributivas, la cuantía de las mínimas de jubilación e incapacidad permanente de las personas individuales así como las de viudedad, en los tres casos de mayores de 65 años, es de 936,20 euros/mes frente a los 874,6 de 2025. Solo la cuantía de las mínimas de pensionistas con “cónyuge a cargo”, de 1256,6 euros/mes, sobrepasa la del SMI 2026.

A la vista de la demora en los datos del umbral de pobreza la culminación de los aumentos específicos de las pensiones mínimas no deberá finalizar en el 2027, toda vez que el umbral de pobreza correspondiente a ese año no se conocerá hasta mediados del año siguiente. Es seguro que el movimiento pensionista estará vigilante para que, a pesar de su redacción imprecisa de la norma, se cumpla la finalidad del RDLey de 2023, más aún cuando esta norma dice que la cuantía de las pensiones a alcanzar en el 2027 es un mínimo.

La práctica totalidad de las organizaciones del movimiento pensionista de los diferentes pueblos y Comunidades Autónomas viene exigiendo que la cuantía de las pensiones mínimas no esté indiciada con el umbral de pobreza sino con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). La cuantía del salario mínimo no solo debe evitar la pobreza, lo que ni siquiera logra, sino permitir “una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana” (artículo 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948). El Comité Europeo de Derechos Sociales ha resuelto que, para cumplir el objetivo del art. 4.1 de la Carta Europea de Derechos Sociales de que los salarios mínimos proporcionen una “remuneración suficiente”, deben alcanzar el 60% del salario medio, lo que está lejos de cubrir el actual SMI del Estado español (según declaraciones del secretario general de la UGT haría falta que el SMI fuera de 1444 euros/mes en lugar los 1.221 actuales).

La mayoría sindical vasca ha convocado una huelga general en Euskal Herria el próximo 17 de marzo para exigir la aprobación de un SMI propio de 1500 euros para que se adecúe a los salarios medios y a la carestía de la vida en Euskal Herria, tema que he tratado en un artículo publicado en esta web.

Las pensiones mínimas deben tener ese mismo objetivo y, para ello, dado que el SMI está sujeto a cotizaciones a la Seguridad Social mientras que las pensiones están exentas de las mismas, deberían equipararse con el salario mínimo neto. En el 2026, teniendo en cuenta que la cuantía del SMI neto es de 1141 euros/mes, la pensión mínima de las personas individuales es de 201 euros/mes menos. Los aumentos de las pensiones mínimas previstos en el RDLey 2/2023 para el 2027 no van a alcanzar ese objetivo de equiparación con el SMI neto ni de lejos. El mismo se mantiene como una de las reivindicaciones centrales de todas las organizaciones pensionistas del Estado español. Se le atribuye un papel básico para superar elevada la brecha de género de las pensiones, de más del 44 % en enero de 2026 y, así, mejorar las condiciones de vida de las 1 4333 333 mujeres que en enero de 2026 cobran complementos ara alcanzar la cuantía de las pensiones mínimas (frente a 679 635 hombres).

La regularización de las personas inmigrantes y el gasto social
El Consejo de Ministros aprobó el martes 27 de enero el inicio de la tramitación, que ya se encuentra subida a la “audiencia pública”, de una regularización extraordinaria dirigida a personas extranjeras que ya se encuentran en el Estado Español. Dicha regularización acordada por el Gobierno, tras la Iniciativa Legislativa Popular Regularización Ya promovida por más de cien organizaciones sociales y que tuvo el apoyo de más de 700 000 firmas, es una medida tardía pero positiva al permitir, si llega a buen puerto como es previsible, sacar de la economía sumergida y de la privación de derechos sociales y laborales a más de 500 mil inmigrantes hasta ahora privados de esos derechos. Las vías del Reglamento de Extranjería, a pesar de que en el 2025 se flexibilizaron los requisitos para la regularización, al exigir que las personas inmigrantes estén previamente en una situación irregular, no permiten una regularización regular permanente, lo que ha dado lugar a la formación de una gran bolsa Bolsa Lugar de encuentro de la oferta y demanda de valores mobiliarios que ya fueron emitidos en el mercado financiero primario. La bolsa es por tanto el mercado de ocasión de títulos mobiliarios; también llamado mercado secundario. de población sin derechos. El PP, que en el pasado se manifestó a favor de la regularización, en una muestra más de sumisión al discurso y la práctica más reaccionaria de la extrema derecha fascista, no solo se pronuncia en contra sino que intenta boicotearla mediante maniobras en la Unión Europea.

Las condiciones y procedimientos de la regularización en marcha tienen limitaciones, algunas de ellas importantes, que se explican por Alberto Mesas. En este escrito vamos a examinar el impacto de la regularización en los derechos laborales y sociales y el gasto social. Según el discurso, cada vez más similar, de la derecha extrema y la extrema derecha, la población inmigrante en el Estado español utiliza un enorme porcentaje de las prestaciones sociales de todo tipo y debilita el Estado del Bienestar. Este discurso, además de xenófobo, racista y denegatorio de derechos humanos fundamentales como el de la libre circulación de las personas, que se deben respetar de forma incondicional, no solo no se ajusta a los hechos sino que la realidad es más bien la contraria [1]

Para hacer una estimación, forzosamente muy aproximada, sobre los ingresos en cotizaciones a la Seguridad Social a la que puede dar lugar la regularización se realizan las siguientes previsiones:

1. Se estima que la regularización comprenda a 500 000 personas de las que teniendo en cuenta las tasas de actividad y ocupación de la población inmigrantes en situación regular es previsible que al menos el 60% pasará a trabajar de forma remunerada;

2. Aunque previsiblemente una pequeña proporción lo haga por cuenta propia (la población legalizada lo hace en alrededor del 6 %), para simplificar el cálculo se prevé que la totalidad lo haga por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social;

3. Teniendo en cuenta que una parte trabajará a tiempo parcial (de alrededor del 10 %), se puede estimar que perciban un salario medio mensual de 1300 euros/mes, algo superior al salario mínimo de 1.221 euros mensuales en el 2026. Este bajo salario no está determinado en muchos casos por una baja calificación profesional sino por el reconocimiento muy tardío o ausente de sus titulaciones y experiencias profesionales, que les fuerzan a aceptar trabajos de escasa calificación y salario.

A las cifras anteriores de número de personas trabajadoras y de salario medio hay que aplicar los tipos de cotización conjuntos de empresas y de trabajadores y trabajadoras a la Seguridad para 2026, por todas las contingencias -y una media del 2 % para accidentes de trabajo y enfermedad profesionales- que ascienden sumados al 39,15 %. Según mis cálculos el ingreso anual por cotizaciones sociales sería de una cifra de más de 2.137 millones de euros anuales.

Como contrapartida a esos ingresos las trabajadoras y trabajadores podrán pasar a percibir las prestaciones de la Seguridad Social, para lo que tendrán que cumplir las condiciones fijadas para cada una de esas prestaciones, que,entre otras, incluyen un mínimo de tiempo cotizado (salvo las que provengan de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales). Para la prestación de desempleo la población inmigrante ya regularizada, tiene más dificultades de acceso por la mayor temporalidad de sus empleos. A pesar de ocupar empleos de menor calidad y tener más dificultades de mantenimiento en el empleo, la población extranjera percibe el 12 % de la totalidad de las prestaciones de desempleo -frente a un 19 % de la población autóctona- y, al haber percibido menores salarios y cotizaciones, el gasto es menor que ese porcentaje. Supone un mayor porcentaje que la autóctona entre los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (4,8 % frente al 3,6 %).

En relación con las pensiones, que es la prestación en la que se gasta la mayor parte del gasto de la Seguridad Social, hay que subrayar que, a la vista de que la mayoría de la población inmigrante que se regularizará es mayoritariamente más joven que la población autóctona y que en el Estado español parten del contador de cotizaciones a cero, van a empezar a cobrar pensiones contributivas en un periodo bastante alejado de cuando empiezan a cotizar. Por ello, en las próximas décadas, que es cuando el sistema de pensiones va a tener más tensiones en su financiación por el aumento en el número de pensionistas debido al acceso a la jubilación de las generaciones del baby boom, la población inmigrante regularizada, al tener una mayor proporción de cotizantes sobre pensionistas que la autóctona, va a contribuir a suavizar esas tensiones. Por todo ello se puede concluir que los ingresos provenientes de las cotizaciones a la Seguridad Social de la población regularizada van a sobrepasar con mucho a los gastos de las prestaciones que van a percibir. La condición de plazos elevados de residencia legal para percibir las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez, de 10 y 5 años respectivamente, trae consigo que solo son el 7 % de quienes las perciben.

En dos estudios de profesores de las universidades Carlos III de 2019 y de la Pompeu Fabra de 2022 sobre el conjunto de los gastos e ingresos públicos, no solo los de la Seguridad Social, que resultan de la legalización de la población inmigrantes, se concluye que dan lugar a un beneficio Beneficio Resultado contable positivo neto fruto de la actividad de una sociedad. El beneficio neto es el beneficio después de impuestos. El beneficio a distribuir es la parte de aquél que puede ser repartido entre los accionistas. fiscal neto (los estudios –ambos en inglés– se pueden ver aquí y un comentario sobre los informes y que incluye varias declaraciones en un artículo de prensa aquí). Según el primer estudio ese beneficio por cada persona inmigrante es de 3.300 euros y de 4000 € en el segundo. Además, en la situación de irregularidad se conceden –con algunos obstáculos-, prestaciones educativas y sanitarias, por lo que la regulación no supone un aumento de gastos por estos elementos.

En resumen, la regularización en curso, además de reconocer derechos fundamentales a la población inmigrantes y ello es lo fundamental, es beneficiosa para la financiación de las prestaciones sociales. Quienes no se beneficiarán económicamente son quienes ahora pagan salarios inferiores a los mínimos legales y/o fijados en los convenios colectivos aplicables y se ahorran las cotizaciones sociales, aunque en relación con ellas una parte de los pequeños empleadores, especialmente los de los hogares familiares, lo haga no para ahorrar costes sino de forma obligada, por imposibilidad legal.

Fuente: vientosur.info


Notas

[1Véase el informe del Consejo Económico y Social, La realidad migratoria en España: Prioridades para las políticas públicas, Informe 01/2025.

Mikel de la Fuente

Profesor de Derecho del Trabajo jubilado. Militante del movimiento pensionista y estudioso de las pensiones. Forma parte de la redacción de la web de viento sur.

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