PRESENTACIÓN
El daño incalculable causado a la economía del país y al pueblo ecuatoriano por el endeudamiento público, omnipresente como sistema de presión-sumisión, y el consecuente compromiso de entregar recursos públicos para su servicio, existan o no disponibilidades, motivó al Gobierno Nacional a adoptar la decisión –primera y hasta ahora única en América Latina– de crear una instancia de auditoría que establezca la legitimidad, legalidad y pertinencia de los préstamos, las negociaciones y renegociaciones; que, además, señale las responsabilidades y corresponsabilidad de los prestamistas, los impactos sociales, económicos y ambientales; y, sobre todo, que permita la acumulación y ponderación de fundamentos para que el país emprenda acciones soberanas y reparadoras respecto de los pagos realizados y futuros
Futuros
Contrato a término
Un contrato a término o futuros (futures en inglés) es un compromiso firme de entrega normalizado, donde las características son conocidas de antemano, por una cantidad determinada de un activo subyacente definido con precisión, en una determinada fecha, denominada vencimiento, en lugar prefijado, y negociado en un mercado a término organizado. Los contratos a término son los instrumentos financieros que más se negocian del mundo.
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En ese contexto, el Presidente Constitucional de la República, economista Rafael Correa Delgado, dispuso la creación de la Comisión para la Auditoría Integral del Crédito Público (CAIC), con la intervención de organizaciones sociales nacionales y extranjeras e instituciones de investigación y desarrollo.
Luego de un año de arduo trabajo preparatorio, que supuso dificultades en la recopilación de información especialmente dado el periodo de treinta años que debió cubrir la auditoría, la CAIC presenta aquí el Resumen Ejecutivo del Informe Final elaborado tras el exhaustivo examen realizado por sus integrantes y los equipos de profesionales conformados para el efecto.
La parte sustantiva de la auditoría radica en los resultados que contienen evidencias en cada uno de los tramos de la deuda
Deuda
Deuda multilateral La que es debida al Banco Mundial, al FMI, a los bancos de desarrollo regionales como el Banco Africano de Desarrollo y a otras organizaciones multilaterales como el Fondo Europeo de Desarrollo.
Deuda privada Préstamos contraídos por prestatarios privados sea cual sea el prestador.
Deuda pública Conjunto de préstamos contraídos por prestatarios públicos. Reescalonamiento. Modificación de los términos de una deuda, por ejemplo modificando los vencimientos o en relación al pago de lo principal y/o de los intereses.
ecuatoriana, estructurados de la siguiente forma:
• La deuda comercial, en la que se analiza la integralidad del
endeudamiento de entidades públicas de Ecuador con la banca privada internacional, en su devenir histórico, desde 1976.
• La deuda multilateral concedida por los organismos financieros
internacionales, que en este trabajo se refiere a créditos seleccionados según prioridades y presunciones de ilegitimidad.
• La deuda bilateral, que agrupa créditos provenientes de gobiernos o
entidades oficiales de nueve países. Se han auditado especialmente los que corresponden a los de mayores acreencias: España y Brasil, y a
aquellos que conforman el Club de París [1].
• Los créditos concedidos a la Comisión de Desarrollo de la Cuenca del Río Guayas (CEDEGE) para la ejecución del Proyecto Multipropósito Jaime
Roldós Aguilera, que corresponden a los grupos multilateral y bilateral.
• La deuda interna, tramo que incluye las numerosas emisiones de Bonos del Estado, Bonos de Estabilización y Bonos AGD.
El informe de la Comisión constituye un primer resultado de lo que debe ser un proceso permanente –la auditoría– y apunta a que tanto las autoridades del gobierno como la sociedad en general conozcan la verdad sobre la forma en que se ha conducido el endeudamiento público que, sin duda, ha redundado en el freno impuesto al desarrollo y en la desilusión de los ecuatorianos, cuya realidad está lejos de alcanzar las condiciones elementales para el buen vivir.
[1] La sección correspondiente al Club de París consta en el Informe Ampliado de la Auditoría.