La deuda pública española: una soga que ahoga a los ciudadanos

27 de enero de 2014 por Juan García Ballesteros


CC - anticapitalistes.net

Todas las definiciones sobre lo que se entiende, desde el derecho internacional por deuda odiosa o ilegítima, recogen tres argumentos importantes:

1º.- El gobierno de un país concede un préstamos sin conocimiento ni aprobación de sus ciudadanos.

2º.- El préstamo se destina a actividades no beneficiosas para los ciudadanos.

3º.- El gobierno prestatario actúa de mala fe al contraerla, ya que sabe perfectamente que no beneficia a sus ciudadanos, sino a intereses privados.



Estas condiciones se cumplen con la deuda Deuda Deuda multilateral La que es debida al Banco Mundial, al FMI, a los bancos de desarrollo regionales como el Banco Africano de Desarrollo y a otras organizaciones multilaterales como el Fondo Europeo de Desarrollo.
Deuda privada Préstamos contraídos por prestatarios privados sea cual sea el prestador.
Deuda pública Conjunto de préstamos contraídos por prestatarios públicos. Reescalonamiento. Modificación de los términos de una deuda, por ejemplo modificando los vencimientos o en relación al pago de lo principal y/o de los intereses.
pública española: no se ha consultado a los ciudadanos, ha perjudicado a la inmensa mayoría de la población que ha perdido derechos laborales y sociales y ha sido generada para cubrir deudas privadas (Banca), subvenciones a empresas (eléctricas o de armamento) o regalos a instituciones (Iglesia Católica). Poco de esa deuda ha sido para cubrir gastos corrientes para mantener el estado de bienestar o de inversión en la economía real y crear puestos de trabajo.

Veamos de dónde sale esta desorbitada deuda:

1º.- De la ayuda económica que han proporcionado los últimos Gobiernos a la banca y cajas de ahorro en crisis para evitar su quiebra, que desde el 2009 se cifra en 246.000 millones de euros (según el FMI FMI
Fondo monetario internacional
El FMI nace, el mismo día que la Banca mundial, con la firma de los acuerdos de Bretton Woods. En su origen el rol del FMI era defender el nuevo sistema de cambios fijos instaurado.

A la finalisación de estos acuerdos (1971), el FMI es mantenido y se transforma paulatinamente en el gendarme y el bombero del capitalismo mundialisado : gendarme cuando impone los programas de ajuste estructural ; bombero cuando interviene financiaramente para sostener los países tocados por una crisis financiera.

Su modo de decisión es el mismo que el del Banco mundial y se basa sobre una repartición del derecho de voto en proporción a los aportes de cotisación de los países miembros. Estatutariamente es necesario el 85% de los votos para modificar la Carta del FMI (los EE.UU. poseen una minoria de bloqueo dado a que posees el 16,75 % de voces). Cinco países dominan : Los EE.UU. (16,75 %), el Japon ( 6,23 %), la Alemania (5,81%), Francia (4,29 %), y Gran Bretaña (4,29%). Los otros 177 Estados miembros estan divididos en grupos dirigidos, cada vez, por un país. El grupo más importante (6,57%) esta dirigido por Belgica. El grupo menos importante (1,55% de voces) precidido por el Gabon (países africanos).

Su capital está compuesto del aporte en divisas fuertes (y en monedas locales) de los países miembros. En función de este aporte, cada miembro se ve favorecido con Derechos Especiales de Giro (DEG) que son de hecho activos monetarios intercambiables libre e inmediatamente contra divisas de un tercer país. El uso de estos DEG corresponde a una política llamada de estabilización a corto plazo de la economía, destinada a reducir el déficit presupuestario de los países y a limitar el crecimiento de la masa monetaria. Esta estabilización constituye frecuentemente la primera fase de intervención del FMI en los países endeudados. Pero el FMI considera que en adelante es tarea suya (tras el primer choque petrolero de 1974-1975) actuar sobre la base productiva de las economías del Tercer Mundo reestructurando sus sectores internos; se trata de una política de ajuste a más largo plazo de la economía. Lo mismo sucede con los países llamados en transición hacia una economía de mercado. (Norel y Saint-Alary, 1992, p. 83).

Sitio web :
).

Una parte importante de la subida de la bolsa Bolsa Lugar de encuentro de la oferta y demanda de valores mobiliarios que ya fueron emitidos en el mercado financiero primario. La bolsa es por tanto el mercado de ocasión de títulos mobiliarios; también llamado mercado secundario. española en los tres primeros trimestre de 2013 ha ido a engrosar los ingresos de la banca. La capitalización de los más beneficiados (CaixaBank, Popular, BBVA, Santander, Sabadell, Bankia y Bankinter ) ha superado (según Vicente Clavero “La banca engorda mientras nosotros pagamos su rescate”, Público, 23-10-13) “los 170.000 millones de euros, lo que supone una 34 % más que al inicio de año” . Pero las ganancias en lugar de servir para devolver el dinero público que han recibido para sacarlos de su catastrófica situación, lo dedicarán a repartirlas entre sus accionistas que son los que realmente tendrían que haber asumido las pérdidas. Así lo ha hecho el Santander que ha distribuido 1700 millones de euros en dividendos en 2013.

2º.- De los 40.000 millones de euros de anticipos que el Ministerio de Defensa concedió entre 1997 y 1998 a las industrias armamentísticas (EADS, Indra, Santa Bárbara y Navantia).

El periodista John Doe publicó en 19 de Junio de 2012 (centredelas.org) el artículo “Deuda militar, deuda odiosa Deuda odiosa Según la doctrina jurídica de la deuda odiosa, teorizada por Alexander Sack en 1927, una deuda es «odiosa» cuando reúne dos condiciones esenciales:

1.- La ausencia de beneficio para la población: la deuda no fue contraída a favor del interés del pueblo y del Estado, sino en contra de esos intereses, y/o a favor del interés personal de los dirigentes y de las personas próximas al poder.

2.- La complicidad de los prestamistas: Los acreedores sabían (o tenían la capacidad de saber) que los fondos prestados no beneficiarían a la población.

Para Sack, la naturaleza despótica o democrática de un régimen no debía tenerse en cuenta. Una deuda contraída por un régimen autoritario debe, según Sack, ser reembolsada si ésta sirve a los intereses de la población. Un cambio de régimen no autoriza el cuestionamiento de la obligación que tiene el nuevo régimen de pagar las deudas del gobierno precedente, salvo si éstas fueran odiosas.

[Extractos] del Tratado jurídico y financiero por Alexander Nahum Sack, ex profesor agregado a la Facultad de Derecho de la Universidad de Petrogrado.

A partir de esta definición «conservadora» de deuda odiosa, otros juristas y movimientos sociales, como el CADTM, ampliaron esta definición teniendo en cuenta, especialmente, la naturaleza del régimen que contrae la deuda y la consulta que se hace, o no se hace, a los parlamentos nacionales para la aprobación o la concesión del préstamo.

De manera especial, citemos la definición de deuda odiosa utilizada por la Comisión para la verdad sobre la deuda griega, que se apoya, a la vez, en la doctrina de Sack, y también en los Tratados internacionales y los principios generales del derecho internacional.

Así que una deuda odiosa responde a:

1.- Una deuda contraída en violación a los principios democráticos, que comprende el asentimiento, la participación, la transparencia y la responsabilidad, y ha sido empleada contra los más altos intereses de la población del Estado deudor, mientras el acreedor sabía, o tenía capacidad de saber, lo precedente.

O a lo siguiente:

2.- Una deuda que tiene por consecuencia negar los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de la población, mientras el acreedor sabía, o tenía capacidad para saber, lo precedente.
, deuda ilegítima” en el que escribe: “Es ilegítima la deuda contraída con los Programas Especiales de Armamento (PEA) del Ministerio de Defensa que representan 40.000 millones de euros, cifra que sitúa a este Ministerio en la banca rota y que contribuye al enorme endeudamiento del Estado español”.

Como recoge J. Doe en su artículo, esta deuda es nula de pleno derecho y, por tanto, ilegítima y sostiene que las empresas privadas afectadas nunca devolverán el dinero público recibido. De esta estafa hay muchos culpables (entre ellos el actual ministro de Defensa Pedro Morenés con grandes intereses en empresas armamentísticas) por la sencilla razón que en torno a este asunto siempre ha habido un acuerdo de Estado en el que los dos grupos parlamentarios mayoritarios (PP y PSOE) han ido de la mano.

3º.- En nuestro país, gracias al Concordato, la Iglesia Católica recibe anualmente más de diez mil millones de euros del Estado (central y periférico) en subvenciones directas y exenciones de tributos (según el estudio realizado por Europa Laica). Carece de importancia, aunque también habría que contemplar lo que reciben (muy poco, por cierto) las demás confesiones religiosas.

4º.- De los 24.000 millones entregados a las grandes compañías eléctricas por el llamado déficit tarifario.

José Manuel Novoa en su blog “ataque al poder” (7 Enero de 2014 “Cómo nos roban las compañías eléctricas”) recoge que hasta la fecha el déficit tarifario nos ha costado a todos los españoles 24.000 millones de euros, dinero regalado del erario público ¿Cómo es posible que se subvencione a empresas eléctricas que doblan sus ganancias a su homónimas europeas? Además en su artículo demuestra que el déficit tarifario de las eléctricas es una estafa, no existe. Tan sólo sirve para aumentar los beneficios de las grandes compañías eléctricas (Iberdrola, Endesa o Gas Natural).

La resultante de todo este despilfarro es que la deuda pública española a finales de 2013 rondaba el BILLÓN de euros, cifra cercana al 100 % del Producto Interior Bruto (PIB Producto interno bruto
PIB
El PIB es un índice de la riqueza total producida en un territorio dado, estimada sobre la base de la suma de los valores añadidos.
). Esta deuda es totalmente impagable. Aunque tuviéramos muchos años de un elevado crecimiento, los altos intereses que tenemos que abonar hacen imposible el pago de esta desorbitada cantidad.

El pasado año tuvimos que pagar más de 38.000 millones de intereses. Esto supone unos 105 millones de euros diarios.

Para hacernos una idea más exacta de esta deuda, cada ciudadano debe más de 21.000 euros, siendo un sujeto pasivo de la deuda, ya que se ha generado sin tenerlo en cuenta, sin participar en ella y sin que le beneficie.

¿Por qué pagamos tantos intereses?

Aunque ya recogido en un artículo anterior, voy a recordar de dónde sale el elevado pago de intereses. Es cierto, por las razones recogidas, que el capital público de deuda es muchísimo, pero nos están ahogando los altos intereses que tenemos que pagar por los préstamos que pedimos en el mercado financiero para cubrir los gastos del Estado. ¿Por qué ocurre? El BCE BCE
Banco central europeo
El Banco Central Europeo es una institución radicada en Fráncfort, creada en 1998. Los países de la zona euro* le transfirieron sus competencias en materia monetaria y su funcióin oficial es el de asegurar la estabilidad de precios (luchar contra la inflación) en dicha zona. Sus tres órganos de decisión (El Consejo de Gobierno, el Comité Ejecutivo y el Consejo General) están compuestos por los gobernadores de los bancos centrales* de los países miembros y/o de “reconocidos” especialistas. Sus estatutos le hacen “independiente” políticamente pero está directamente influenciado por el mundo financiero.
se financia con el dinero de los impuestos de los ciudadanos europeos (España aporta algo más del 8 %). Sin embargo, en lugar de prestar dinero a los estados, se lo presta a la banca privada al 0,50 ó 1%. Ésta compra deuda soberana Deuda soberana Deuda de un Estado o garantizada por un Estado. de los estados al 3, 4, 5, 6, 7 o al 8 %, ganando miles de millones de euros que utilizan para tapar sus deudas por mala gestión, inversiones fraudulentas o sobresueldos de directivos. Esos créditos Créditos Suma de dinero que una persona (el acreedor) tiene el derecho de exigir de otra persona (el deudor).

Créditos privados
Préstamos concedidos por los bancos comerciales, sea cual sea el prestatario.

Créditos públicos
Préstamos concedidos por acreedores públicos, sea cual sea el prestatario.
que reciben en ningún momento están llegando al consumidor final, a las familias y a las PYMES, sino que se está usando en apostar y especular contra los propios estados, en actividades mucho más lucrativas y sin riesgo.

Según el economista Juan Torres (¿Quién vive gratis en España? Público, 17-11-13) “casi el 70 % de lo que hoy debe el Estado español es por concepto de intereses y este concepto es lo que hace que hoy día deba 4,5 veces lo que debía en 1989. Mientras que si los déficits de gastos e ingresos corrientes generados desde 1989 se hubieran financiado por un banco central Banco central Entidad que, en un Estado, se encarga generalmente de la emisión de billetes de banco y del control del volumen de moneda y crédito. En España es el Banco de España quien asume dicho rol, bajo el control del Banco Central Europeo (BCE, ver más abajo).

El Banco Central de un país gestiona la política monetaria y tiene el monopolio de la emisión de la moneda nacional. Proporciona moneda a los bancos comerciales a un precio determinado por las tasas directoras, que son fijadas por el proprio banco.
con los mismos tipos de interés Interés Cantidad pagada como remuneración de una inversión o percibida por un prestamista. El interés se calcula sobre la base de la cantidad de capital invertido o prestado, de la duración de la operación y del último tipo aplicado en ese momento. con que el Banco Central Europeo financia a la banca privada, nuestra deuda ahora no llegaría ni al 15% del PIB”.

Para no hipotecar y dejar sin el futuro a varias generaciones y, demostrado que la deuda española es odiosa, ilegítima, tenemos que negarnos a su pago. Nos ampara el derecho internacional que recoge que la “Deuda odiosa, deuda execrable o deuda ilegítima es la teoría jurídica, puesta en práctica numerosas veces a lo largo de la historia, que sostiene que la deuda externa de un gobierno contraída, creada y utilizada contra los intereses de los ciudadanos del país, no tiene por qué ser pagada y por tanto no es exigible su devolución ya que los prestatarios habrían actuado de mala fe, a sabiendas, y por tanto dichos contratos —bonos o contratos comerciales— son nulos legalmente. En todo caso, tales deudas podrían considerarse personales debiendo responder quienes las hayan contraído a título personal —sea el monarca, el presidente, el director del banco central nacional o los ministros correspondientes— y no el Estado en su conjunto y por tanto los ciudadanos. En algunos aspectos, el concepto es análogo a la nulidad de los contratos firmados bajo coacción”.

Fuente : Rebellion


Juan García Ballesteros, Presidente del Colectivo Prometeo y miembro del Frente Cívico Somos Mayoría

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