¿Por qué los programas de austeridad impuestos por la Troika son ilegales?

5 de enero de 2015 por Renaud Vivien


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La Troika, nacida en 2010, está compuesta por la Comisión Europea, el Banco Central Europeo (BCE) y el Fondo Monetario Internacional (FMI). De la misma forma que el Banco Mundial, que impone con el FMI programas de ajuste estructural en los países de Sur desde la crisis de 1982, la Troika dicta las medidas de austeridad en violación flagrante de los derechos de los pueblos, consagrados en la Carta de la ONU de 1945 (artículo 1-2), y de los Pactos Internacionales de 1966 sobre los derechos humanos (artículo 1).



Las primeras víctimas de la Troika Troika Troika : el Fondo Monetario Internacional, la Comisión Europea y el Banco Central Europeo son los pueblos griego, portugués, irlandés, chipriota y español. Debido a la situación de apuros financieros en estos países, la Troika, aprovechando su posición de fuerza, les ha impuesto sendos « memorandums » : programas con una lista de medidas de austeridad (despidos de funcionarios, destmantelamiento de la protección social y los servicios públicos, disminución de los presupuestos sociales, aumento de los impuestos indirectos como el IVA, bajadas de salarios, etc) que los gobiernos debían aplicar letra por letra para poder acceder al préstamos de la Troika.

Diversos informes oficiales publicados en 2013 y en 2014, de los que destacan el del Comisario Europeo por los Derechos Humanos en el Consejo de Europa [1] y el del aún Experto de la ONU sobre la deuda Deuda Deuda multilateral La que es debida al Banco Mundial, al FMI, a los bancos de desarrollo regionales como el Banco Africano de Desarrollo y a otras organizaciones multilaterales como el Fondo Europeo de Desarrollo.
Deuda privada Préstamos contraídos por prestatarios privados sea cual sea el prestador.
Deuda pública Conjunto de préstamos contraídos por prestatarios públicos. Reescalonamiento. Modificación de los términos de una deuda, por ejemplo modificando los vencimientos o en relación al pago de lo principal y/o de los intereses.
 [2], subrayan que los memorándums conllevan la degradación de las condiciones de vida de las poblaciones. Incluida en estos informes, se encuentra la opinión legal del profesor de derecho Andreas Fischer-Lescano, comisario por la Cámara de Trabajo de Viena [3].

Este jurista demuestra con precisión que los programas de la Troika son ilegales en virtud del derecho europeo e internacional. Estos memorándums violan una serie de derechos fundamentales como el derecho a la sanidad, a la educación, a la vivienda, a la seguridad social, a un salario justo, a la propiedad privada, pero también el derecho a la libertad de asociación y de negociación colectiva. Todos estos derechos son protegidos por numerosos textos jurídicos a nivel internacional y europeo como: la Carta de los Drechos Fundamentales de la Unión Europea, la Convención Europea de los Derechos del Hombre, la Carta Social Europea, los Dos Pactos de la ONU sobre los Derechos Humanos, la Carta de la ONU, la Convención dela ONU relativa a los derechos de las personas con discapacidad, y también las convenciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), las cuales incluyen los estatutos de principio general de derecho (PGD) como subraya este estudio jurídico.

La lista de los artículos violados por los memorándums, que enumera meticulosamente el profesor Fischer-Lescano, es impresionante e imputa responsabilidad jurídica a las tres organizaciones que forman la Troika. El informe nos recuerda una cosa importante : el respeto a los derechos humanos inscritos dentro de las convenciones europeas e internacionales, y también en los PGD y de la costumbre internacional, de los que forman parte los pactos de la ONU sobre los derechos humanos, no sólo se imponen a los Estados sino también a las organizaciones internacionales como el BCE BCE
Banco central europeo
El Banco Central Europeo es una institución radicada en Fráncfort, creada en 1998. Los países de la zona euro* le transfirieron sus competencias en materia monetaria y su funcióin oficial es el de asegurar la estabilidad de precios (luchar contra la inflación) en dicha zona. Sus tres órganos de decisión (El Consejo de Gobierno, el Comité Ejecutivo y el Consejo General) están compuestos por los gobernadores de los bancos centrales* de los países miembros y/o de “reconocidos” especialistas. Sus estatutos le hacen “independiente” políticamente pero está directamente influenciado por el mundo financiero.
, la Comisión Europea y el FMI FMI
Fondo monetario internacional
El FMI nace, el mismo día que la Banca mundial, con la firma de los acuerdos de Bretton Woods. En su origen el rol del FMI era defender el nuevo sistema de cambios fijos instaurado.

A la finalisación de estos acuerdos (1971), el FMI es mantenido y se transforma paulatinamente en el gendarme y el bombero del capitalismo mundialisado : gendarme cuando impone los programas de ajuste estructural ; bombero cuando interviene financiaramente para sostener los países tocados por una crisis financiera.

Su modo de decisión es el mismo que el del Banco mundial y se basa sobre una repartición del derecho de voto en proporción a los aportes de cotisación de los países miembros. Estatutariamente es necesario el 85% de los votos para modificar la Carta del FMI (los EE.UU. poseen una minoria de bloqueo dado a que posees el 16,75 % de voces). Cinco países dominan : Los EE.UU. (16,75 %), el Japon ( 6,23 %), la Alemania (5,81%), Francia (4,29 %), y Gran Bretaña (4,29%). Los otros 177 Estados miembros estan divididos en grupos dirigidos, cada vez, por un país. El grupo más importante (6,57%) esta dirigido por Belgica. El grupo menos importante (1,55% de voces) precidido por el Gabon (países africanos).

Su capital está compuesto del aporte en divisas fuertes (y en monedas locales) de los países miembros. En función de este aporte, cada miembro se ve favorecido con Derechos Especiales de Giro (DEG) que son de hecho activos monetarios intercambiables libre e inmediatamente contra divisas de un tercer país. El uso de estos DEG corresponde a una política llamada de estabilización a corto plazo de la economía, destinada a reducir el déficit presupuestario de los países y a limitar el crecimiento de la masa monetaria. Esta estabilización constituye frecuentemente la primera fase de intervención del FMI en los países endeudados. Pero el FMI considera que en adelante es tarea suya (tras el primer choque petrolero de 1974-1975) actuar sobre la base productiva de las economías del Tercer Mundo reestructurando sus sectores internos; se trata de una política de ajuste a más largo plazo de la economía. Lo mismo sucede con los países llamados en transición hacia una economía de mercado. (Norel y Saint-Alary, 1992, p. 83).

Sitio web :
, y también al Banco Mundial Banco mundial Creado en 1944 en Bretton Woods en el marco del nuevo sistema monetario internacional, el Banco posee un capital aportado por los países miembros (189 miembros el año 2017) a los cuales da préstamos en el mercado internacional de capitales. El Banco financia proyectos sectoriales, públicos o privados, con destino a los países del Tercer Mundo y a los países antes llamados socialistas. Se compone de las siguientes tres filiales.

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Para afirmar la anterior, el estudio se apoya en los artículos inscritos en las convenciones como la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (artículo 51), sobre una serie de veredictos y opiniones emitidas por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) [4] y por la Corte de Justicia de la UE [5] el 19 de marzo de 1993, y también de avisos emitidos por los Comités de la UE [6] y de la ONU [7].

Fischer-Lescano recuerda igualmente que los Estados, en tanto que toman las decisiones en el seno de las organizaciones internacionales, deben respetar los tratados de protección de los derechos humanos que han ratificado individualmente, así como los PGD y la costumbre internacional. Estas obligaciones son válidas en todas las circunstancias. Consecuentemente, la Troika y los Estados no pueden utilizar esta crisis como pretexto para suspender sus obligaciones de proteger los derechos humanos.

La Troika está obligada a respetar y también de proteger los derechos humanos : es decir evitar que terceros cometan esas violaciones de derechos humanos. No obstante, es precisamente lo contrario de lo que hace a través de la imposición de sus memorándums. El estudio destaca los efectos jurídicamente vinculantes de los programas de austeridad en los que la implementación de éstos por parte de los gobiernos lleva inevitablemente a pisotear los derechos humanos. Reponsabilizar solamente a los gobiernos, aunque cómplices, eximiendo a la Troika de rendir cuentas por sus acciones, no debe continuar aceptándose. Por lo tanto, la responsabilidad jurídica de la Comisión Europea, del BCE y del FMI es encuentra incluida desde el momento de las negociaciones y de la firma de los memorándums.

Estos memorándums son también ilegales a causa de la actuación de la Troika más allá de sus competencias.

Estos memorándums son también ilegales a causa de la actuación de la Troika más allá de sus competencias. Ésta no está habilitada, en virtud de los Tratados Europeos, a legislar sobre el derecho a huelga, a la sanidad, sobre el derecho de asociación, de educación ni sobre la reglamentación de los niveles salariales. Además, la exclusión total del Parlamento Europeo de la elaboración y firma de los memorándums viola el principio de separación de poderes protegido por el artículo 10 del Tratado sobre la UE, así como las reglas de procedimiento legislativo fijadas por el artículo 218 del Tratado sobre el funcionamiento de la UE.

La conclusión no deja lugar a apelación : estos programas son ilegales y la Troika actúa de forma fraudulenta. Esto entraña al menos tres consecuencias. Primeramente, los memorándums deben ser abrogados. Como recomienda el estudio, el Parlamento Europeo tiene el derecho a demandar su anulación ante el CIJ. Los gobiernos, presionados por las movilizaciones populares, pudieran, si tuvieran la voluntad política, declarar la nulidad de los programas de austeridad sobre el fundamento de derecho. Segundo, los préstamos de la Troika acordados en contrapartida de estos memorándums son odiosos y deben ser anulados sin condiciones. Subrayamos que el argumento jurídico de la deuda odiosa Deuda odiosa Según la doctrina jurídica de la deuda odiosa, teorizada por Alexander Sack en 1927, una deuda es «odiosa» cuando reúne dos condiciones esenciales:

1.- La ausencia de beneficio para la población: la deuda no fue contraída a favor del interés del pueblo y del Estado, sino en contra de esos intereses, y/o a favor del interés personal de los dirigentes y de las personas próximas al poder.

2.- La complicidad de los prestamistas: Los acreedores sabían (o tenían la capacidad de saber) que los fondos prestados no beneficiarían a la población.

Para Sack, la naturaleza despótica o democrática de un régimen no debía tenerse en cuenta. Una deuda contraída por un régimen autoritario debe, según Sack, ser reembolsada si ésta sirve a los intereses de la población. Un cambio de régimen no autoriza el cuestionamiento de la obligación que tiene el nuevo régimen de pagar las deudas del gobierno precedente, salvo si éstas fueran odiosas.

[Extractos] del Tratado jurídico y financiero por Alexander Nahum Sack, ex profesor agregado a la Facultad de Derecho de la Universidad de Petrogrado.

A partir de esta definición «conservadora» de deuda odiosa, otros juristas y movimientos sociales, como el CADTM, ampliaron esta definición teniendo en cuenta, especialmente, la naturaleza del régimen que contrae la deuda y la consulta que se hace, o no se hace, a los parlamentos nacionales para la aprobación o la concesión del préstamo.

De manera especial, citemos la definición de deuda odiosa utilizada por la Comisión para la verdad sobre la deuda griega, que se apoya, a la vez, en la doctrina de Sack, y también en los Tratados internacionales y los principios generales del derecho internacional.

Así que una deuda odiosa responde a:

1.- Una deuda contraída en violación a los principios democráticos, que comprende el asentimiento, la participación, la transparencia y la responsabilidad, y ha sido empleada contra los más altos intereses de la población del Estado deudor, mientras el acreedor sabía, o tenía capacidad de saber, lo precedente.

O a lo siguiente:

2.- Una deuda que tiene por consecuencia negar los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de la población, mientras el acreedor sabía, o tenía capacidad para saber, lo precedente.
y la posición del CADTM son citadas en el estudio [8].

El reembolso de esta deuda podría ser inmediatamente suspendido vista la superioridad de los derechos humanos por encima de los otros compromisos del Estado con sus acreedores, en virtud del artículo 103 de la Carta de la ONU. En tercer lugar, se debe perseguir mediante la justicia a la Comisión Europea, el BCE, el FMI y los Estados que apliquen o hayan aplicado estos programas de austeridad ilegales, así como los Estados que lleven a cabo estos programas en el seno de sus instituciones.


Traducido por Sergi Cutillas

Notas

[1Rapport « Safegarding human rights in time of economic crises », publié le 3 décembre 2013, disponible en ligne sur https://wcd.coe.int/com.instranet.I...

[2Rapport de sa mission en Grèce présenté au Conseil des droits de l’homme de l’ONU le 5 mars 2014, disponible sur http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/HR....

[3Rapport « Human Rights in Times of Austerity Policy », publié le 17 février 2014, disponible surhttp://www.etui.org/content/downloa...).pdf.

[4Voir notamment l’arrêt « Poulsen » (1992)

[5Opinion 2/91

[6Opinion de la commission des affaires constitutionnelles, 11 février 2014, 2013/2277

[7Commentaire général n°8 du Comité des droits économiques, sociaux et culturels de l’ONU (1997), UN Doc. E/C.12/1997/8

Renaud Vivien

Es jurista en derecho internacional, miembro del Comité para la abolición de las deudas ilegítimas (CADTM) y de la Comisión de la Verdad Sobre la Deuda pública de Grecia, creada por la presidenta del Parlamento griego el 4 de abril de 2015.

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