Argentina debe rechazar el pago de deudas ilegítimas a fondos buitre
1ro de julio de 2014 por PACD
La Plataforma Auditoría Ciudadana de la Deuda manifiesta su más absoluto rechazo a las sentencias dictadas por el juez federal estadounidense Thomas Griesa, del distrito de Nueva York, y su validación por la Corte Suprema de Estados Unidos, que condena a Argentina a pagar a los fondos buitre, que no entraron en los canjes de deuda de 2005-2010.
Al confirmar la medida cautelar que protege a los bonistas, y de acuerdo a la doctrina pari passu (iguales condiciones para todos), Argentina corre el riesgo de tener una catarata de demandas de los bonistas que aceptaron el canje (el 96,2 % con un descuento de aproximadamente el 65 %) y que ahora podrían pretender las supuestas mejoras que ofrecería Argentina a los fondos buitre Fondos buitre Fondos de inversiones que compran, en el mercado secundario (el mercadillo de la deuda), títulos de deuda de países que están en dificultades financieras. La compra es a un valor muy inferior a su valor nominal ya que los adquieren a otros inversores que prefieren sacárselos de encima a un coste menor para enjugar una pérdida o por miedo a que el país deudor haga cesación de pagos. Los fondos buitre reclaman seguidamente el pago integral de la deuda que acaban de adquirir, llegando a llevar al país deudor ante tribunales que privilegian los intereses de los inversores, típicamente tribunales estadounidenses y británicos. para llegar a una solución del contencioso.
Evidentemente la sentencia de Griesa es política, ya que intenta legitimar la actuación de esos fondos especulativos y del sistema de criminalidad financiera internacional.
Hagamos un poco de cronología:
En el año 2012 hubo dos fallos del juez Griesa a favor de los fondos especulativos, uno en febrero y otro en noviembre. Argentina presentó sucesivas apelaciones ante la Corte de Apelaciones de Nueva York el 28 de noviembre de 2012, y ante la Corte Suprema de Estados Unidos el 25 de junio de 2013.
El 23 de agosto de 2013, la Corte de Apelaciones de Nueva York confirma el fallo en primera instancia del juez Griesa y el 16 de junio de 2014 la Corte Suprema de Estados Unidos, un año después de su presentación, desestima la apelación Argentina.
Finalmente el máximo tribunal decidió levantar la suspensión de las medidas cautelares. Y con este rechazo la Corte Suprema ha abierto una caja de Pandora de la que podrían surgir demandas de otros fondos buitres por decenas de millones de dólares.
Ante estos acontecimientos, el gobierno argentino hizo un último intento ante el juez Griesa para que suspendiera la medida cautelar que obliga a Argentina a pagar el total de lo adeudado a los fondos buitres en el momento del vencimiento del pago de la deuda
Deuda
Deuda multilateral La que es debida al Banco Mundial, al FMI, a los bancos de desarrollo regionales como el Banco Africano de Desarrollo y a otras organizaciones multilaterales como el Fondo Europeo de Desarrollo.
Deuda privada Préstamos contraídos por prestatarios privados sea cual sea el prestador.
Deuda pública Conjunto de préstamos contraídos por prestatarios públicos. Reescalonamiento. Modificación de los términos de una deuda, por ejemplo modificando los vencimientos o en relación al pago de lo principal y/o de los intereses.
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Y de nuevo el juez Griesa se negó el jueves 26 de junio al pedido argentino. En el escueto documento de tres páginas enviado a las partes dice: «El pedido de stay (medida cautelar para dejar en suspenso la sentencia) ha sido denegado. Además, recuerda la orden del tribunal a Argentina sobre la interpretación que han hecho los tribunales estadounidenses de la cláusula “pari passu”, según la cual todos los deudores (hayan aceptado o no la reestructuración) deben ser tratados de forma equitativa.
En este momento Argentina ha depositado 530 millones de dólares en la cuenta que el Bank of New York Mellon tiene en el Banco Central
Banco central
Entidad que, en un Estado, se encarga generalmente de la emisión de billetes de banco y del control del volumen de moneda y crédito. En España es el Banco de España quien asume dicho rol, bajo el control del Banco Central Europeo (BCE, ver más abajo).
El Banco Central de un país gestiona la política monetaria y tiene el monopolio de la emisión de la moneda nacional. Proporciona moneda a los bancos comerciales a un precio determinado por las tasas directoras, que son fijadas por el proprio banco.
de la República Argentina. En el comunicado oficial, el ministro de economía dice:
«La República Argentina en cumplimiento del prospecto y del contrato vigente con los tenedores que adhirieron voluntariamente al canje de deuda en el período 2005-2010 ha procedido al pago de los servicios de capital e intereses de sus bonos bajo ley extranjera por el equivalente a 832 millones de dólares de los cuales 539 m de dólares depositado en las cuentas números 15.098 y 15.002 del Banco New York Mellon (BONY) en el Banco Central de la República Argentina sumando los vencimientos en pesos, el pago realizado hoy supera los mil millones de dólares. No pagar teniendo los recursos y forzando un default voluntario es algo que no está contemplado en la ley argentina, sería contrario al orden público argentino y una clara violación a los prospectos de deuda.»
Los fondos buitres se quejaron ante el juez por lo que consideran un “paso descarado que viola las órdenes de la Corte y que requiere una rápida y decisiva respuesta”, pidiendo una reunión urgente.
Aunque se preveía un embargo del depósito realizado por Argentina para el pago del vencimiento del 30 de junio, la decisión del juez Griesa fue otra: no permite efectuar el pago, el BoNY debe devolver el dinero, o sea que no hay embargo, pero Argentina tiene que negociar con los fondos buitres antes del 30 de julio, ya que si no entraría en default técnico.
Sin embargo, yendo al meollo de la cuestión y como lo demostró fehacientemente en el año 2000 la sentencia llamada Olmos, la deuda externa argentina está tachada de nulidad y de ilegitimidad. Es un caso típico de deuda odiosa
Deuda odiosa
Según la doctrina jurídica de la deuda odiosa, teorizada por Alexander Sack en 1927, una deuda es «odiosa» cuando reúne dos condiciones esenciales:
1.- La ausencia de beneficio para la población: la deuda no fue contraída a favor del interés del pueblo y del Estado, sino en contra de esos intereses, y/o a favor del interés personal de los dirigentes y de las personas próximas al poder.
2.- La complicidad de los prestamistas: Los acreedores sabían (o tenían la capacidad de saber) que los fondos prestados no beneficiarían a la población.
Para Sack, la naturaleza despótica o democrática de un régimen no debía tenerse en cuenta. Una deuda contraída por un régimen autoritario debe, según Sack, ser reembolsada si ésta sirve a los intereses de la población. Un cambio de régimen no autoriza el cuestionamiento de la obligación que tiene el nuevo régimen de pagar las deudas del gobierno precedente, salvo si éstas fueran odiosas.
[Extractos] del Tratado jurídico y financiero por Alexander Nahum Sack, ex profesor agregado a la Facultad de Derecho de la Universidad de Petrogrado.
A partir de esta definición «conservadora» de deuda odiosa, otros juristas y movimientos sociales, como el CADTM, ampliaron esta definición teniendo en cuenta, especialmente, la naturaleza del régimen que contrae la deuda y la consulta que se hace, o no se hace, a los parlamentos nacionales para la aprobación o la concesión del préstamo.
De manera especial, citemos la definición de deuda odiosa utilizada por la Comisión para la verdad sobre la deuda griega, que se apoya, a la vez, en la doctrina de Sack, y también en los Tratados internacionales y los principios generales del derecho internacional.
Así que una deuda odiosa responde a:
1.- Una deuda contraída en violación a los principios democráticos, que comprende el asentimiento, la participación, la transparencia y la responsabilidad, y ha sido empleada contra los más altos intereses de la población del Estado deudor, mientras el acreedor sabía, o tenía capacidad de saber, lo precedente.
O a lo siguiente:
2.- Una deuda que tiene por consecuencia negar los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de la población, mientras el acreedor sabía, o tenía capacidad para saber, lo precedente.
, pues en buena parte es herencia de las deudas acumuladas de forma ilegítima por la Junta Militar. A pesar de esa sentencia, el Congreso de la Nación, capacitado para tratar sobre el endeudamiento público, no hizo un seguimiento serio ni tomó otras medidas sobre este crucial problema que no fueran la convalidación de lo adeudado y el pago de la deuda, aunque quedaba clarísimo la responsabilidad de los grupos económicos nacionales e internacionales, del FMI
FMI
Fondo monetario internacional
El FMI nace, el mismo día que la Banca mundial, con la firma de los acuerdos de Bretton Woods. En su origen el rol del FMI era defender el nuevo sistema de cambios fijos instaurado.
A la finalisación de estos acuerdos (1971), el FMI es mantenido y se transforma paulatinamente en el gendarme y el bombero del capitalismo mundialisado : gendarme cuando impone los programas de ajuste estructural ; bombero cuando interviene financiaramente para sostener los países tocados por una crisis financiera.
Su modo de decisión es el mismo que el del Banco mundial y se basa sobre una repartición del derecho de voto en proporción a los aportes de cotisación de los países miembros. Estatutariamente es necesario el 85% de los votos para modificar la Carta del FMI (los EE.UU. poseen una minoria de bloqueo dado a que posees el 16,75 % de voces). Cinco países dominan : Los EE.UU. (16,75 %), el Japon ( 6,23 %), la Alemania (5,81%), Francia (4,29 %), y Gran Bretaña (4,29%). Los otros 177 Estados miembros estan divididos en grupos dirigidos, cada vez, por un país. El grupo más importante (6,57%) esta dirigido por Belgica. El grupo menos importante (1,55% de voces) precidido por el Gabon (países africanos).
Su capital está compuesto del aporte en divisas fuertes (y en monedas locales) de los países miembros. En función de este aporte, cada miembro se ve favorecido con Derechos Especiales de Giro (DEG) que son de hecho activos monetarios intercambiables libre e inmediatamente contra divisas de un tercer país. El uso de estos DEG corresponde a una política llamada de estabilización a corto plazo de la economía, destinada a reducir el déficit presupuestario de los países y a limitar el crecimiento de la masa monetaria. Esta estabilización constituye frecuentemente la primera fase de intervención del FMI en los países endeudados. Pero el FMI considera que en adelante es tarea suya (tras el primer choque petrolero de 1974-1975) actuar sobre la base productiva de las economías del Tercer Mundo reestructurando sus sectores internos; se trata de una política de ajuste a más largo plazo de la economía. Lo mismo sucede con los países llamados en transición hacia una economía de mercado. (Norel y Saint-Alary, 1992, p. 83).
Sitio web :
y del Banco Mundial
Banco mundial
Creado en 1944 en Bretton Woods en el marco del nuevo sistema monetario internacional, el Banco posee un capital aportado por los países miembros (189 miembros el año 2017) a los cuales da préstamos en el mercado internacional de capitales. El Banco financia proyectos sectoriales, públicos o privados, con destino a los países del Tercer Mundo y a los países antes llamados socialistas. Se compone de las siguientes tres filiales.
Mas...
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Ya en 2001, Argentina tuvo que hacer una cesación de pagos de parte de su deuda soberana Deuda soberana Deuda de un Estado o garantizada por un Estado. . Sin embargo lo que hoy afecta a Argentina, no es sólo un problema argentino. Es la prevalencia del poder de las finanzas, o sea de política internacional, y afecta a todo el planeta.
En ese contexto, el presidente de Bolivia, Evo Morales, expresó su solidaridad con Argentina y rechazó cualquier decisión de tribunales extranjeros que atenten contra la soberanía de los pueblos. Y eso incluye cualquier tipo de artimaña que pueda imposibilitar o limitar que los pueblos puedan hacer uso de forma libre e independiente de sus recursos, para hacerlos desviar hacia cuestiones especulativas, y por lo tanto, impidiendo el desarrollo de su capacidad económica.
Argentina debería desobedecer la sentencia del juez Griesa, en previsión de más demandas, ya que, de acuerdo al derecho internacional, tiene la obligación de satisfacer las necesidades de su población antes que el pago de una deuda.
La realización de una auditoría integral de la deuda hubiese permitido a los sucesivos gobiernos argentinos conocer qué parte de la deuda se debe pagar y qué parte es nula, ilegítima u odiosa. Porque en definitiva no es justo pagar la deuda ilegítima y odiosa, y mucho menos cuando es a costa del bienestar del pueblo.
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